¿Dudas de los gastos de condominios? Parte II: Base legal de los gastos
¿Qué son los gastos de condominio y por qué son obligatorios?
En la primera parte de esta saga suspicaz, comentaba lo recurrente que es el incumplimiento del literal e) del art. 20 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), que trata principalmente de la rendición de cuentas por parte del Administrador a la comunidad de co-propietarios. También comenté que la rendición de cuentas está basada en los gastos y recaudaciones que se hayan ejecutado en un (1) año calendario. Es primordial tener enfoque en las bases legales, porque serán la clave de una auditoria exitosa.
Dato Curioso: La LPH, no define taxativamente "gastos de condominio", sino que habla de "gastos comunes". La palabra condominio se usa para referirse al documento de condominio y a la junta de condominio.
Entonces, ¿qué se entiende por gastos de condominio?
Según la inteligencia artificial de Google (Gemini): Los gastos de condominio son todos aquellos costos en los que incurre una comunidad de propietarios (un condominio) para mantener y operar el edificio o conjunto residencial de forma adecuada (*). Como ya sabemos la inteligencia artificial nos dará un aproximado bastante cercano a la realidad y nos corresponde a los humanos corroborar dicha información. En líneas generales, la respuesta es correcta, sólo le agregaría que los condominios no son solamente residenciales, sino que también son comerciales e industriales, pero de estos últimos escribiré más adelante.
Según la Ley de Propiedad Horizontal: Art. 11: "Son gastos comunes a todos los propietarios o a parte de ellos, según el caso: a) Los causados por la administración, conservación, reparación o reposición de las cosas comunes; b) Los que se hubieren acordado como tales por el setenta y cinco por ciento (75%), por lo menos, de los propietarios; C) Los declarados comunes por la Ley o por el documento de condominio".
Ahora, ¿por qué son obligatorios los gastos de condominio?
Porque existe una Ley que así lo impone, en Venezuela, es la Ley de Propiedad Horizontal, como vimos anteriormente. Sin embargo, la obligación nace con la compra de la propiedad, incluso podemos ver en el art. 7, el cual básicamente señala la distribución porcentual de cada propiedad dentro del inmueble en su conjunto, con la cual se determinará la participación en las cargas y beneficios por razón de la comunidad. No obstante, el artículo que perfecciona la obligación, es el art. 12, el cual reza en su primer párrafo: "Los propietarios de apartamentos o locales deberán contribuir a los gastos comunes, a todos o a parte de ellos según los casos, en proporción a los porcentajes que conforme al art 7, le hayan sido atribuidos".
Con estos 3 puntos claramente definidos, marcamos la pauta legal que da origen a los gastos de condominio. Continuaremos auditando en la proxima entrega.... 😉
(*) Advertencia: esta respuesta se generó a partir de la pregunta simple: ¿Qué se entiende por gasto de condominio?
Excelente explicación licenciada. Muchas gracias por compartir sus conocimientos, es muy interesante este tema.
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